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REGLAMENTO DEL INSTITUTO CONTINUUM 

El presente reglamento manifiesta las formalidades a seguir, para que los alumnos tengan presente y de conformidad con los servicios que tienen y que cuentan para sus trámites, así como la forma en que deben conducirse en el Instituto. 


CAPÍTULO I 

DE LOS SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DE LOS ALUMNOS 


1.- Los servicios administrativos de los alumnos comprende: 

2.- La admisión de alumnos es el procedimiento que se realiza para que una persona forma parte de la Institución en cualquiera de las Licenciaturas, Maestrías o Doctorados que ofrece el Instituto Continuum. 

3.- Todo alumno que desee ingresar al Instituto deberá realizar los pagos en los días correspondientes (establecidos en el reglamento de pagos). 

4.- Todo alumno que desee ingresar al Instituto deberá apegarse a lo que establece el reglamento de alumnos, conduciéndose en todo momento con respeto al personal, maestros y compañeros que forman parte del Instituto Continuum. 

5.- Para ser inscrito a una Licenciatura, Maestría o Doctorado el alumno deberá entregar al Departamento de Servicios Escolares en el momento en que se le indique los siguientes documentos: 

    • Acta de Nacimiento (Original y 4 copias).
    • CURP (Formato Nuevo, 4 copias).
    • Cuatro fotografías tamaño infantil ( Blanco y negro de frente). 
    • INE (4 copias). 
    • Certificado de Bachillerato (Original y 4 copias) LICENCIATURA
    • Título y Cedula Profesional de Licenciatura, Maestría y Doctorado. 

El alumno deberá entregar los documentos antes señalados y pagar en su totalidad el monto de inscripción para quedar formalmente inscritos.

6.- La readmisión de alumnos es el proceso por medio del cual se determina si un alumno que interrumpió sus estudios por un año o más, puede reingresar al Instituto Continuum para continuar o iniciar sus estudios. 

7.- No se convalidarán estudios que se hayan realizado con más de cinco años de anterioridad.

8.- La inscripción de alumnos es el reconocimiento oficial de un estudiante como miembro de la comunidad del Instituto. La inscripción consta de dos etapas: 

    • Registro Oficial.- Es la apertura del expediente del alumno que contiene los documentos oficiales establecidos por la Secretaría de Educación Pública y por la propia Institución, de carácter académico y administrativo, para el control de la escolaridad de los alumnos y que permite la elaboración del reporte de inscripción.
    • Validación.- Es la verificación de los antecedentes académicos de alumnos. 

9.- Una vez que se adjunten los documentos a los que hace referencia el artículo 5 del presente Reglamento, la Coordinación de Servicios Escolares elaborará la inscripción del alumno con sus datos personales. 

10.- Se proporcionará al alumno la siguiente documentación para su lectura y firma de conformidad:

    • Formato de inscripción, la cual deberá llenar para abrir su expediente.
    • Reglamento de Alumnos.
    • Reglamento de Becas.
    • Reglamento de Pagos.
    • Calendario Escolar.
    • Mapa Curricular de Asignaturas.  

11.- Satisfecho el requisito anterior, se entregará al alumno formato de inscripción, con el que podrá llevar a cabo el pago de la cuota correspondiente. Se considerará formalizada su inscripción hasta que el pago sea cubierto en su totalidad. La falta de documentación oficial original imposibilita la inscripción como alumno regular. 

12.- La Coordinación de Servicios Escolares, abrirá a cada alumno inscrito su expediente en el que contendrá toda su documentación oficial e institucional. 

13.- Los alumnos que exhiban documentos falsos o que presenten alteraciones, se harán acreedores a la baja automática del Instituto, asimismo les serán retenidos sus documentos para ser entregados a la autoridad correspondiente para los efectos legales conducentes y se invalidaran los estudios realizados en el Instituto.

14.- La reinscripción de alumnos es la convalidación semestral del reconocimiento oficial de un estudiante como miembro del Instituto, la cual se le otorgará siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos por el Instituto. 

15.- Es responsabilidad del alumno conocer su plan de estudios, las asignaturas a las que se inscribe, así como la acreditación y seriación de las mismas. 

16.- La reinscripción se formalizará en el momento en que la Coordinación de Servicios Escolares autorice y haga entrega al alumno de su documento de reinscripción se cubra el pago de los derechos correspondientes por parte del alumno. 

17.- Los alumnos al reinscribirse, deberán leer y firmar de conformidad: 

    • Reglamento de Alumnos.
    • Reglamento de Becas.
    • Reglamento de Pagos.

18.- Los tramites de reinscripción deben realizarse en las fechas establecidas por el Instituto. Todo movimiento realizado fuera de los calendarios que se determinen, se considerará extemporáneo y causara un cargo financiero adicional. 

19.- Los requisitos para poder reinscribirse son:

    • Llenar el documento de inscripción que le sea enviado.
    • Cubrir el pago de los derechos de reinscripción.
    • No deber ningún documento al Instituto de los que se le soliciten al alumno.
    • No tener adeudos financiero con el Instituto.

20.- La situación académica es el carácter con el cual un alumno se incorpora al Instituto, permanece como parte integral de este, o en su caso, deja de formar parte del Instituto. 

21.- Se considerarán alumnos regulares a todos aquellos que cubran todos y cada uno de los requisitos académicos y administrativos requeridos por el Instituto al momento de inscripción o reinscripción. 

22.- Se considerarán alumnos con excelencia académica todos aquellos que cumplan con el promedio requerido por el Instituto, los cuales tendrán derecho a titulación por promedio. 

23.- Aquellos alumnos que cumplan con el promedio para titularse por excelencia académica perderán este derecho si no presentan la documentación requerida por el Instituto. 

24.- La baja es el trámite de carácter académico y administrativo por el cual un alumno dejar de formar parte del Instituto Continuum, cesando la responsabilidad de éste con el Instituto y viceversa. 

25.- La institución procederá a tramitar la baja cuando el alumno incurra en alguna de las causas que la ameriten y que se establecen en este u otro de los reglamentos del Instituto Continuum. 

26.- Las bajas de los alumnos pueden ser:

    • Baja académica temporal: Procederá cuando el alumno presente su solicitud por escrito y será autorizada por el Departamento de Servicios Escolares, previa verificación de no adeudos financieros.
    • Baja académica definitiva: Procederá cuando el alumno la solicite, previa verificación de no adeudos financieros.  

27.- La baja definitiva se generará automáticamente cuando los estudiantes:

    • No presenten a la fecha prevista o en su caso acordada su documentación oficial que acredite que concluyeron el bachillerato o equivalente.
    • Incurran en fraudes académicos.
    • Cometan fraudes administrativos.
    • No cubran los pagos de cuotas o colegiaturas durante dos meses consecutivos, previa notificación por la Coordinación de pagos haga al alumno por escrito. 

28.- La situación académica de los alumnos y cualquier modificación que sufra, deberán asentarse en sus expedientes personales. 

29.- Al darse de baja un alumno, le serán devueltos sus documentos entregados al momento de la inscripción, previa firma de recibido, la cual se anexara a su expediente personal. La devolución de documentos estará sujeta a que el alumno no tenga ningún tipo de adeudo con el Instituto. 

30.- El alumno que no tramite oportunamente su baja de la Institución, será responsable del pago de las colegiaturas del ciclo en que se encuentre escrito, así como de los intereses que generen durante dicho periodo, a partir del momento en que se dejó de asistir.

CAPÍTULO II 

DE LOS SERVICIOS ESTUDIANTILES


31.- Los servicios estudiantiles que presta la institución son:

32.- Las becas y descuentos institucionales son los apoyos financieros que proporciona el Instituto a los alumnos, a fin de que puedan iniciar, continuar o concluir sus estudios, siempre y cuando lo soliciten y cumplan con los requisitos y procedimientos establecidos para tal efecto. 

33.- La tramitación y el otorgamiento de becas estará sujeto a las disposiciones señaladas por el Reglamento de Becas del Instituto. 

34.- Los descuentos se sujetarán a los dispuesto por las políticas para la tramitación, otorgamiento y vigencia de descuentos institucionales.

35.- El Servicio Social es la vinculación del estudiante con la sociedad, mediante su incorporación al desarrollo de actividades  en el sector público y asociaciones civiles sin fines de lucro para prestar tareas útiles a la colectividad y complementar sus conocimientos académicos con la experiencia laboral, favoreciendo su desarrollo profesional y su introducción en el mercado de trabajo. 

36.- La prestación de servicio social se regirá por el Reglamento correspondiente.

CAPÍTULO III 

DE LOS ALUMNOS


  37.- El capítulo de los alumnos comprende: 

38.- Los alumnos del Instituto Continuum gozan de los siguientes derechos: 

    • Recibir la información correspondiente al nivel académico en el cual está inscrito de acuerdo con las disposiciones del presente Reglamento, con apego a los planes y programas oficiales de estudio.
    • Recibir de los funcionarios y del personal docente la orientación escolar, social y moral que en cada caso soliciten.
    • Solicitar a sus profesores asesoría para el trabajo escolar, en las horas de clase y fuera de ellas, de común acuerdo con el profesor correspondiente.
    • Efectuar las practicas programadas dentro de las materias que cursan.
    • Formular peticiones a los directivos, verbalmente o por escrito, individualmente o por comisiones, y obtener respuestas oportunas.
    • Gozar de las demás ventajas y prerrogativas que establezca la Institución con carácter general para sus alumnos.

39.- Los alumnos del Instituto Continuum tienen las siguientes obligaciones:

    • Cumplir con la Normatividad Institucional.
    • Conservar permanentemente la credencial que los acredite como alumnos del Instituto y mostrarla cada vez que sean requeridos para ellos por funcionarios, profesores, empleados e inspectores, dentro de las instalaciones del Instituto.
    • Asistir puntual y regularmente a sus clases y demás actividades escolares de carácter obligatorio.
    • Mantener orden y disciplina en todas las actividades escolares y extraescolares.
    • Guardar orden, consideración y respeto a los maestros y empleados dentro y fuera del Instituto.
    • Conservar en buen estado las instalaciones. mobiliario y equipo.
    • Cubrir oportunamente el pago de inscripción, reinscripción y pagos diversos establecidos por el Instituto.
    • No fumar, comer ni beber en las áreas prohibidas.  
C. TITULACIÓN

40.- Los requisitos para la titulación son los siguientes: • No tener ningún tipo de adeudos en pagos de reinscripciones, mensualidades, recargos, etc. • Haber cursado y aprobado todas las asignaturas de los planes de estudio. • Contar con la carta de liberación de servicio social. • Elegir la modalidad de titulación. 

41.- Las modalidades de titulación son las siguientes: 

    • Titulación por excelencia académica, el estudiante podrá titularse por esta modalidad cuando tenga cubierto el 100 % de créditos, un promedio igual o superior a 9.0 y no haber presentado ningún examen extraordinario. 
    • Titulación mediante examen profesional (Tesis, Tesina). 
    • Titulación por extensión de estudios de posgrado, la cual consiste en cursar un 51 % de créditos de una Maestría impartida por la UPAV. 

42.- Una vez que el alumno haya escogido la modalidad de titulación y se realicen los procesos administrativos y académicos NO SE PODRÁ HACER CAMBIO DE MODALIDAD.

43.- Fecha límite para iniciar trámite de Titulación es de un año máximo a partir de su fecha de egreso. 

43.- Toda infracción grave a las disposiciones contenidas en los Reglamentos que integran la Normatividad del Instituto, así como la mala conducta, falta de asistencia a clases y toda falta grave contra la indisciplina, orden o respeto a la propia institución , sus funcionarios, directivos, empleados, profesores y alumnos será causa de responsabilidad. 

44.- Son causas especialmente graves de responsabilidad que causan expulsión: 

    • La realización de actos concretos que tiendan a debilitar los principios básicos del Instituto y las actividades de índole política que persigan un interés personal.
    • La formación de grupos que quieran generar ideas políticas, ideologías de cualquier tipo y que no sean aprobadas por rectoría, así como los grupos estudiantiles que no estén debidamente formados conforme lo establece los reglamentos de SIAASA y la UPAV, y que no cuenten con la aprobación del rector del Instituto Continuum.
    • La hostilidad manifestada por cualquier medio en contra de cualquier miembro de la comunidad del Instituto por razones de religión, ideología, raza o sexo.
    • La utilización del mobiliario, equipo o instalaciones del Instituto para fines distintos de aquellos a los que por su propia naturaleza o función están destinados, así como el deterioro o daño que a estos se ocasione.
    • Acudir al Instituto en estado de ebriedad o bajo los efectos de cualquier droga o enervante. • Portar armas de cualquier clase en las instalaciones del Instituto.
    • La comisión de actos contrarios a la moral y al respeto.
    • Consumir dentro del Instituto bebidas embriagantes o cualquier tipo de droga 

45.- Los alumnos serán responsables particularmente cuando:

    • Alteren el orden interno del Instituto.
    • Falten al respeto a los profesores, directivos, empleados y funcionarios del Instituto, así como a sus compañeros.
    • Presten o reciban ayuda fraudulenta en exámenes.
    • Falsifiquen certificados, boletas de exámenes y documentos análogos o usen o aprovechen los propios documentos cuando la falsificación sea imputable a terceros.
    • Incumplan cualquiera de las obligaciones contenidas en la Normatividad Institucional.
    • Plagio de documentos en la elaboración de textos sujetos a evaluación académica.  

46.- En cualquier caso grave o urgente se podrá decretar la expulsión de un alumno. El alumno suspendido o expulsado, de ninguna manera podrá seguir asistiendo al Instituto.